Inquietudes planteadas por colegas en los últimos días:
CGCET 1.- Poder tomar conocimiento de la Boleta de Deuda y demás datos de la ejecución via clave fiscal, puesto que nos enteramos con el embargo ya ejecutado. Y con todo el trámite administrativo para la obtención de dicha información – · Mejorar el procedimiento de levantamiento de embargo. El levantamiento tarda muchísimo tiempo, generalmente hay problemas con Banco Nación que tiene mucho mas demora en el levantamiento.
Respuesta: La situación planteada sobre visualizar las Boletas de Deuda a través de la clave fiscal es conveniente que se plasme en una presentación formal elaborada por esa Institución describiendo la propuesta. Esta Dirección Regional la tramitará en el área central correspondiente, quien analizará su viabilidad.
CGCET 2- Pedido de que no se embarguen por ejecuciones fiscales las cajas de ahorro fiscales porque impìden a contribuyentes que quieren regularizar su situación, mantener vigentes planes de pagos MIS FACILIDADES que fueron anteriores o no relacionados con la ejecución fiscal por la que se embarga.
Respuesta: Este tema no está normado. Por lo tanto, sería conveniente que el Colegio presente una propuesta como posible solución. Esta Dirección Regional la tramitará en el área central correspondiente a fin de analizar su viabilidad.
CGCET 3 a-· Falta de respuesta por parte del asesor legal ante consultas reiteradas, por ejemplo: embargos de bienes, en casos de bolsas de azúcar zafra 2012 no se consigue levantar los embargos. · Mejorar la atención por parte de asesores letrados en el Distrito Concepción
Respuesta: El levantamiento de las cautelares generadas en cuentas, bienes muebles, bienes muebles registrables etc, dependen exclusivamente de la decisión del Juez interviniente, quien debe ordenarla previa constatación de pago de honorarios, aportes (Ley N° 6059) y gastos causídicos. Además existe la alternativa de que el propio contribuyente se apersone en el proceso acredite el pago de la deuda en su totalidad, honorarios, gastos, etc y solicite por derecho propio el levantamiento de la cautelar que lo afecta.
CGCET 3 b- Se hicieron marcas de padrón “por no responder requerimientos” a contribuyentes que tienen adherido con anterioridad domicilio fiscal electrónico, Además también se traba la Constancia por circunstancias menores como falta de presentación de una DJ o intimaciones de falta de pago de un período reciente. Siendo la imposibilidad de emitir la constancia de inscripción una situación muy gravosa para el contribuyente que le impide operar en su actividad económica. Se puede solicitar se dejen de hacer este tipo de marca y levantar las efectuadas durante este año?
Respuesta: Las marcas se realizan por falta de presentación de declaraciones juradas o de otro tipo de requisitoria del Organismo. No se realizan marcas por falta de pago.
Una vez cumplida la falta se levanta la marca del padrón.
CGCET 4- La implementación de Posnet y aceptación de otros medios de pago electrónicos según la ley 27253, así como el pago mediante VEP de impuestos en Localidades del interior de la provincia de Tucumán resulta imposible. En el sur de la provincia no funciona bien Internet siendo muy lento en departamentos del sur de la provincia, desde J. B. Alberdi hasta La Cocha, existiendo localidades con más de 1000 habitantes que no tiene señal telefónica ni antenas de telefonía celular. Se pueden establecer excepciones para estos casos?.
Respuesta: La Ley que establece las excepciones y dispone que el Poder Ejecutivo nacional podrá modificar el alcance de las excepciones.
CGCET 5- Una persona que necesita rendir una factura de compra de períodos anteriores, que para el momento de la operación de compra la Verificación de Validez de comprobantes era positiva, al momento de control para reintegro de esa rendición el sistema le dá C.A.I. inválido por haber cambiado en este momento la situación del Vendedor con AFIP, por ejemplo estar dado de baja por incumplimientos, tener marca de padrón o simplemente haber cesado actividad, generando un problema al comprador que nada tienen que ver con la situación actual del vendedor. Se podría lograr que la verificación de validez de comprobante refleje la validez al momento de la fecha de factura y no dé por inválido un CAI por haber cambiado la situación del contribuyente?.
Respuesta: La validación de la documentación se debe hacer en tiempo real, es decir en el momento en el cual se materializa el hecho imponible.
CGCET 6– Desde qué momento corresponde el pago de intereses sobre honorarios de agentes fiscales en caso de juicios? en la normativa menciona que desde que el contribuyente entra en mora, cuál sería ese momento?, en el caso de que se haga estimación administrativa se tendría que considerar que esta estimación debe ser posterior a la cancelación del crédito que generó el juicio por lo que los intereses no podrían calcularse con fecha anterior?
Respuesta: Existen fallos de Cámara que establecen que corresponde calcular intereses sobre los honorarios desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago de los mismos. Fallos Fisco Nacional vs Sindicato de mecánicos y afines – Expte 3901/99 Juzgado Federal N° 1 y confirmado por la Cámara; Fisco Nacional vs Gordillo Carlos Miguel – Expte 254021/13, Fisco Naciona vs Merimex SRL – Expte 2379/09 entre otros.
CGCET 7.– Solicitar que se genere el plan de pago por el total de la deuda y se reintegren los fondos embargados, o que si se toman los fondos embargados como pago a cuenta no se exija esperar a que se transfieran al juicio o que se deba depositar igual monto al embargado y luego se genere el Plan de pago. Motiva esto el enorme tiempo que se pierde en tareas administrativas.
Respuesta: Cada RG que dispone el plan de pago establece específicamente los pasos a seguir con respecto a la deuda en gestión judicial y de los embargos. La normativa vigente no dispone que se reintegren los montos embargados.
CGCET 8.- TIRE- en caso de no poseer escritura de las tierras productivas de analizar, plantear en todo caso otra prueba documental para acreditar la titularidad del bien.
Respuesta: Si no se posee escritura traslativa de dominio, existen otros documentos como informe de dominio registral, escritura de prescripción adquisitiva, escritura de tracto abreviada, apertura de juicio sucesorio, etc.que pueden presentarse. En función de la normativa vigente se analiza los casos que se presentan.
CGCET 9- Hay novedades de la actualización de las escalas para retención de honorarios?? Los profesionales de la salud específicamente se sienten muy afectados porque la mayoría de sus ingresos se realiza a través de los Colegios profesionales y conseguir No retención es un trámite muy difícil
Respuesta: Sin novedades
CGCET 10.- Medios de Comunicación que se acogieron a los planes del Dcto 852/2014 y anteriores. Están pendientes de darlos por cancelados y levantar las cautelares pendientes.
Respuesta: Una vez comunicado que la deuda está regularizada mediante el decreto mencionado, se procede a levantar embargos sobre fondos y valores previa presentación del F408 (para allanarse incondicionalmente o, en su caso, desistir y renunciar a toda acción y derecho, incluso al de repetición) y pago de honorarios y costas.