ESPACIO DE DIALOGO: TEMAS TECNICOS–LEGALES–OPERATIVOS PLANTEADOS
Punto 1.-
De acuerdo a lo conversado en la reunión con la mesa de enlace, la inquietud será reformulada.
Punto 2.-
Se dispone de la normativa que a continuación se detalle y a la que se puede acceder desde nuestra página web (dimsmt.gob.ar – normativa):
- Resolución General Nº007/2019: engloba las disposiciones referidas a los agentes de percepción y su operatoria, reemplazando las resoluciones anteriores para facilitar su visualización, trata también las alícuotas y condiciones de aplicación. Es el equivalente a la Resolución General Nº 015/2016 de agentes de retención.
- Resolución General Nº012/2014: establece el aplicativo de presentación y contiene un instructivo para el uso del mismo, como así también, un instructivo para la generación del archivo para presentación de las DDJJs.
- Resolución General Nº019/2014: establece la obligatoriedad del método de presentación online previsto en la R.G. Nº 012/2014.
Se adjunta la mencionada normativa.
Punto 3.-
El trámite de habilitación contemplo desde su implementación, entre otras bondades, brindar a los contribuyentes las herramientas necesarias para obtener en el menor tiempo posible la correspondiente resolución de habilitación.
La falta de cumplimiento por parte de los interesados a la presentación de la documentación solicitada, como así también a las demoras en que se incurre, una vez verificada las instalaciones, originan las demoras que no son atribuibles a la Sub-Dirección.
Cada uno de los formularios que se solicita transcribir, reúne la información necesaria para permitir la intervención a las restantes dependencias municipales que intervienen, tales como: Dirección de Planeamiento Ambiental, Dirección de Catastro, Dirección de Defensa Civil etc, como así también contienen información indispensable: el FHN1 USO PERMITIDO, el FHN2 EMPADRONAMIENTO, FOT 30 DD. JJ. A LA PUBLICIDAD Y PROPAGANDA.
En nuestra página web (dimsmt.gob.ar), ingresando por la pestaña Negocios – Trámites y Consultas – Habilitación Comercial, puede acceder a la normativa, requisitos y formularios para los distintos tipos de trámites.
De acuerdo a lo conversado en la reunión con la mesa de enlace se agregará a nuestra página web, la normativa vigente que regula el “uso permitido” para la instalación de las actividades comerciales. Como así también, se realizará un análisis sobre los formularios en uso.
Punto 4.-
Atento a la situación económica existente, se encuentra bajo análisis el proyecto de proponer un régimen de regularización tributaria.
Punto 5.-
A los fines de agilizar el cobro de los tributos se implementó el uso de transferencias BtoB a través de Interbanking, las cuales se pueden realizar íntegramente de manera online y no requieren de denuncias asociadas para su impacto.
Entendemos que los medios de pago vigentes contemplan las necesidades de los contribuyentes, siendo los mismos:
- INTERBANKING,
- BOTON DE PAGO “ SMT Click de Pago”,
- BANCO MACRO,
- CAJA POPULAR DE AHORRO,
- RAPIPAGO,
- PAGO FACIL
- TRANSFERENCIAS con denuncias.
En cuanto a las transferencias en general, la información provista por los bancos es limitada (importe, fecha y en algunos casos la C.U.I.T), lo que nos obliga a solicitar al contribuyente informe, a través de la denuncia, los datos necesario para conciliar las mismas e impactar en los estados de cuenta.
En archivo adjunto se agrega instructivo para realizar la denuncia de pago de una transferencia bancaria. El mismo se encuentra disponible en nuestra página web (dimsmt.gob.ar), ingresando por la pestaña Negocios – Grandes Contribuyentes.
Punto 6.-
La totalidad de las cuotas de planes de pago no caducos referidos a TEM, CISI y PYP, pueden ser emitidas a través de la página o por clave fiscal.
En cuanto a los planes correspondientes a los demás tributos, se los puede solicitar al correo electrónico del Departamento Otros Tributos (dimotributos@smt.gob.ar). Asimismo, la Subdirección de Informática se encuentra trabajando para su incorporación a la página Web.